I. Misión i composición
La Batllia de Andorra es la jurisdicción de primera instancia e instrucción en los ámbitos jurisdiccionales civil, administrativo, y penal en los términos establecidos por las leyes. La Batllia de Andorra se compone del conjunto de batlles en un número no inferior a doce, y de su presidente.
Se estructura en tres secciones de civil, administrativo, i menores y en dos secciones de instrucción.
El presidente del Tribunal de Batlles es al mismo tiempo el presidente de la Batllia, en caso de ausencia o imposibilidad, lo sustituye el Batlle con más antigüedad en el cargo, y así sucesivamente, y si concurren dos batlles con la misma antigüedad, lo sustituye el Batlle de más edad.
La Batllia y los batlles (jueces), ya sea como tribunal unipersonal o en composición colegiada de acuerdo con lo establecido en la Ley Cualificada de la Justicia y las leyes de procedimiento, son competentes para juzgar en primera instancia todos los asuntos contenciosos, instruyen individualmente los asuntos penales; ejercen también como tribunal unipersonal (1 solo batlle) la jurisdicción voluntaria. En materia penal, las ordenanzas penales (juicios rápidos) son juzgadas por un solo Batlle.
En materia civil, los procedimientos de mínima cuantía o abreviados, es decir, que no excedan de 12.000 euros, son juzgados por un solo batlle, y los de cuantía indeterminada, o cuando la cuantía supere los 12.000 euros, son juzgados en el Tribunal de Batlles.
En materia administrativa, los asuntos relativos a lo contencioso de la Seguridad Social son juzgados por un solo batlle, y el resto de cuestiones de este ámbito jurisdiccional son juzgadas de manera colegiada.